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Consejo Nacional de Protección Radiológica

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

Av. Duarte Nº313

8096813808

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En la República Dominicana, el uso de las radiaciones se ha extendido de forma considerable, en los últimos quince años, utilizándose ampliamente en los campos de la medicina, la investigación, la agricultura, la industria y las obras públicas, entre otras.

Para prevenir los riesgos inherentes a la acción de las radiaciones y para la debida protección de la población, se hacía necesario regular aquellas actividades naturales y artificiales y de todo tipo de aparatos generadores de radiaciones.

Tomando en consideración lo anteriormente señalado, el 8 de noviembre del año 1991, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto Núm. 413-91, creando el Consejo Nacional de Protección Radiológica, con la finalidad de reglamentar la utilización de equipos o sustancias generadoras de radiación ionizante en el país.

 

  • Elaborar las reglamentaciones generales necesarias para la instalación y utilización de equipos o sustancias generadoras de radiación ionizantes, para la aplicación médica, así como elaborar los criterios para una reglamentación de protección radiológica para el público, los pacientes y para el personal que utiliza los mismos. 
  • Establecer las normativas correspondientes para la posesión, almacenaje, uso, aplicación, manipulación de sustancias, aparatos y dispositivos generadores de radiación. 
  • Asesorar al Poder Ejecutivo en todo lo relacionado con la ordenación, regulación, control y supervisión de todas las actividades que impliquen la utilización de sustancias radioactivas o de aparatos generadores de radiaciones.

  • Presidente de la Sociedad Dominicana de Radiología. 
  • Personalidades nombradas por el Poder Ejecutivo. - Un (1) Representante de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 
  • Un (1) Representante de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU). 
  • Un (1) Representante de Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM). 
  • Un (1) Representante de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS). 
  • Un (1) Representante del Instituto Dominicana de Seguros Sociales (IDSS). 
  • Un (1) Representante del Instituto Oncológico "Dr. Heriberto Pieter". - Un (1) Representante de la Asociación Dominicana de Clínicas y Hospitales Privados.

  • Decreto Núm. 413-91, del 8 de noviembre de 1991, G. O. 9820 que crea e integra el Consejo Nacional de Protección Radiológica, adscrito a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.
  • Decreto Núm. 244-95, del 18 de octubre de 1995, que aprueba el Reglamento de Protección Radiológica.