La seguridad de la Nación está fundamentada en el desarrollo integral, y es la condición, estado o situación que garantiza el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar de los principios y valores constitucionales por la población, las instituciones y cada una de las personas que conforman el Estado y la sociedad, dentro de un sistema democrático, participativo, libre de amenazas a su sobrevivencia, su soberanía y a la integridad de su territorio y demás espacios geográficos.
a) Diseñar estrategias y planes en relativos a la seguridad ciudadana.
b) Dirigir el observatorio de Seguridad Ciudadana.
c) Realizar la coordinación interinstitucional para el diseño e implementación de planes de seguridad ciudadana.
d) Planificar, producir, coordinar y evaluar la inteligencia interinstitucional para la prevención de la criminalidad y la violencia en base a los datos obtenidos sobre delincuencia y crimen organizado a través del Observatorio de Seguridad Ciudadana de la República Dominicana y los organismos de seguridad del Estado, respectivamente.
e) Elaborar políticas y diseñar acciones contra el crimen y la violencia.
f) Servir de soporte para la aplicación del Plan de Seguridad Ciudadana.
- Decreto Núm. 119-13, que crea e integra el Consejo Nacional de Seguridad y deroga el Decreto Núm. 315-06, de fecha 28 de julio del 2006.