El Ministerio de Industria y Comercio tiene sus inicios desde el origen mismo de la República; en la primera Carta Magna de la Nación, el Poder Ejecutivo se estructuró con cuatro ministerios, siendo uno de ellos el Ministerio de Hacienda y Comercio.
Desde su creación, el Ministerio ha vivido un proceso de múltiples cambios de denominación, siendo los más relevantes a partir del año 1934, por disposición contenida en la Ley de Secretarías de Estado Núm. 786 del 1934, que la denomina Secretaría de Estado de Trabajo, Agricultura e Industria y Comercio. El 31 de mayo de 1935, mediante la Ley Num.914, se sustituye por dos nuevas Secretarías de Estado: Secretaría de Agricultura y Trabajo, y Secretaría de Estado de Comercio e Industria.
El 4 de marzo de 1936, mediante la Ley Núm. 1074 se establece la Secretaría de Estado de Comercio, Industria y Trabajo. En los años siguientes, dicha Secretaría de Estado continuó siendo objeto de múltiples cambios de denominación. El 15 de diciembre de 1956 se emite el Decreto Núm. 2306 (bis), que, entre otros cambios en su estructura, la denomina como Secretaría de Estado de Industria y Comercio; en el año 1959, mediante Decreto Núm. 5137, del 11 de septiembre, se fusiona con la Secretaría de Estado de Agricultura y se le denomina Secretaría de Estado de Agricultura y Comercio.
Así como la Secretaría de Estado de Trabajo y adopta la denominación de Secretaría de Estado de Trabajo e Industria. El Decreto Núm. 6603, del 11 de abril de 1961, separa la regulación de las actividades comerciales e industriales de las Secretarías anteriormente enunciadas y crea la Secretaría de Estado de Industria y Comercio. En 1963 se crea la Dirección General de Control de Precios y se coloca bajo su dependencia. El 12 de agosto de 1966 se dicta el Reglamento Orgánico y Funcional Núm. 186, que establece la organización interna y atribuciones específicas de cada unidad de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio.
En el 1971 se crea la Dirección General de Minería como una dependencia de esta Secretaría, y en los años subsiguientes se crean la Comisión Nacional de Política Minera, el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación; el Consejo Nacional para la Energía y el Programa de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y se le da a la Secretaría participación especial en cada una de éstas.
Para el año 1997, mediante la Ley Núm. 238, se crea el Programa de Promoción y Apoyo a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa como forma de promover la eficiencia, modernización y crecimiento del sector empresarial, y se adscribe éste a la Secretaría, teniendo, entre otras competencias, la Secretaría de Estado de Industria y Comercio el deber de fijar y aplicar las políticas de energía del Gobierno.
En el 1998 se crea la Superintendencia de Electricidad, mediante Decreto Núm. 118-98, como dependencia de ésta; aunque más tarde estos organismos pasaron a formar parte del sector descentralizado.
Con la Ley Núm. 37-17, del 11 de enero de 2017, el Ministerio de Industria y Comercio pasa a denominarse Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.
Impulsar el desarrollo de la industria, el comercio y las Mipymes, facilitando su crecimiento sostenible y la generación de empleos de calidad, mediante el diseño y ejecución de políticas públicas y la regulación eficiente de las actividades productivas, propiciando la competitividad de esos sectores.
Ser una institución referente nacional y regional en el diseño, formulación y ejecución de políticas, planes y programas; gestionando de manera eficiente, innovadora y transparente el fomento y regulación de los sectores de la industria, el comercio y las Mipymes, con un equipo integro, competente y altamente comprometido con el desarrollo del país.
a) Establecer la política nacional y aplicar las estrategias para el desarrollo, fomento y competitividad de la industria; el comercio interno, incluida la comercialización, el control y el abastecimiento del mercado de derivados del petróleo y demás combustibles; el comercio exterior, conjuntamente con las instituciones competentes para facilitar el acceso e incremento sostenido de los productos y servicios nacionales en los mercados externos; de las zonas francas y regímenes especiales, y las Mipymes; diseñar, financiar y aplicar los instrumentos necesarios para promover el desarrollo y crecimiento de los referidos sectores, en consonancia con las prioridades, políticas y planes estatales y la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030;
b) Velar por la correcta aplicación de las leyes, normas y regulaciones que rijan la industria, el comercio interno, incluida la comercialización, el control y el abastecimiento del mercado de derivados del petróleo y demás combustibles; el comercio exterior; las zonas francas, los regímenes especiales; y las Mipymes del país;
c) Promover, en coordinación con el Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA), una cultura de calidad en los sectores productivos de bienes y servicios a nivel nacional;
d) Coordinar y supervisar a los organismos descentralizados y autónomos de los sectores de la industria, el comercio interno, el comercio exterior, las zonas francas y regímenes especiales, y las Mipymes;
e) Promover las relaciones comerciales internacionales del país y participar en la coordinación, junto a las demás instancias correspondientes, en la negociación de los acuerdos, tratados o convenios bilaterales, multilaterales o regionales, en su calidad de vicepresidente de la Comisión Nacional de Negociaciones Comerciales (CNNC);
f) Coordinar, con el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), la representación del país ante la Organización Mundial de Comercio y demás organismos internacionales donde se discutan tratados y convenios de índole comercial;
g) Implementar y administrar los tratados comerciales internacionales firmados por el país y asesorar a los sectores industriales y comerciales para su mejor aprovechamiento;
h) Brindar apoyo administrativo en los procesos arbitrales contemplados en los tratados y acuerdos, ejerciendo la labor de Autoridad Nacional Coordinadora; implementar y coordinar el Sistema Nacional de Prevención de Disputas Internacionales, las cuales se pudieran derivar de acuerdos internacionales de inversión, acuerdos de libre comercio y los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio; y representar y coordinar la defensa del Estado dominicano en todas las controversias derivadas de los referidos acuerdos, a través de la Dirección de Comercio Exterior y Administración de Tratados Comerciales (DICOEX);
i) Promover los procesos de encadenamiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional;
j) Establecer la política nacional en materia de importación, almacenamiento, refinación, purificación, mezcla, procesamiento, transformación, envase, transportación, distribución y comercialización al por mayor y al detalle de productos derivados del petróleo y demás combustibles y llevar a cabo la fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, así como de las normas técnicas de seguridad y de calidad en relación con esas materias;
k) Implementar políticas destinadas a garantizar el suministro de combustibles a nivel nacional y la seguridad de las instalaciones y facilidades para su importación, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización al por mayor y al detalle;
l) Analizar y decidir, mediante resolución del Ministerio sobre las solicitudes de concesiones, licencias, permisos o autorizaciones, relativas a las actividades de comercialización de derivados del petróleo y demás combustibles, almacenes generales de depósito, clasificación de empresas generadoras de electricidad, y demás asuntos de su competencia, así como de su caducidad o revocación;
m) Decidir mediante resolución del Ministerio la fijación y modificación de tarifas para el otorgamiento o renovación de las licencias, concesiones, permisos y demás servicios que se enumeran en la presente ley;
n) Crear, monitorear, regular y operar foros de resolución alternativa de conflictos para las empresas que entren en la categoría de Mipymes;
o) Supervisar y tutelar la creación y funcionamiento de las cámaras de comercio y producción en la República Dominicana;
p) Hacer la clasificación correspondiente a las Mipymes, y expedir las certificaciones pertinentes;
q) Velar por la coherencia de los programas y servicios del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD);
r) El Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes y el Ministerio de Relaciones Exteriores establecerán el mecanismo para fijar las directrices que seguirá la Oficina de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
-Ley Núm. 50-87, del 4 de junio de 1987, Gaceta Oficial Núm. 9712, sobre Cámaras de Comercio y Producción.
-Ley Núm. 18-88, sobre Viviendas Suntuarias y Solares Urbanos no Edificados (Art. 5). (Modificación de una vivienda a punto comercial).
-Ley Núm. 112-00, del 16 de noviembre de 2000, Gaceta Oficial Núm. 10065, sobre Hidrocarburos.
-Ley Núm. 3-02, que crea el Registro Mercantil, Gaceta Oficial Núm. 10121.
-Ley Núm.424-06, sobre Implementación del DR-CAFTA, del 20 de noviembre de 2006.
-Ley Núm.448-06, sobre Soborno en el Comercio e Inversión. G.O. 0397, del 8 de diciembre de 2006.
-Ley Núm.493-06, modifica varios artículos sobre la implementación del DR-CAFTA, G.O. 10399, del 28 de diciembre de 2006.
-Ley Núm. 37-17, del 11 de enero 2017, que reorganiza el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes.
-Decreto Núm. 100-18, del 06 de marzo de 2018, que reglamenta la aplicación de la Ley Núm.37-17.
1. Licencia de importación y distribución de equipos de conversión
2. Asistencia técnica en el ámbito de comercio exterior
3. Asistencia Técnica y Consultas en el Ámbito de Comercio Exterior
4. Autorización de uso de local a ser destinado como almacén general de depósito
5. Cambio en el registro de licencia de transporte de productos derivados del petróleo por unidad móvil
6. Cancelación de registro de hipoteca naval
7. Certificación de clasificación empresarial Mipymes
8. Certificación de no gravamen relativas a embarcaciones marítimas mayores de 3 toneladas
9. Certificación de revisión de planos de locales industriales
10. Certificado de inscripción de registro de hipoteca naval
12. Clasificación de plantas envasadoras de GLP y estación categoría III (GLP-GNV)
13. Clasificación Empresa Generadora de Electricidad (EGE/EGP/SA)
17. Copias certificadas de documentos de Cámaras de Comercio y Producción
18. Extensión de licencia que autoriza a operar como almacén general de depósito
19. Formaciones en temas de Tratados Comerciales Internacionales
20. Inclusión unidad móvil licencia de transporte de productos derivados del petróleo por unidad móvil
21. Inclusión unidad móvil Licencia venta y transporte a domicilio
22. Licencia de distribuidor de gas natural (GN, GNC y GNL)
23. Licencia de importación y distribución de equipos para estaciones de GNV
25. Licencia de importador de gas natural (GN, GNC y GNL)
26. Licencia de operación de depósito de derivados del petróleo para la venta
28. Licencia de operador de taller de conversión autorizado
29. Licencia de planta de carga y compresión, y planta de descarga y descompresión de gas natural
30. Licencia de terminal de importador y almacenamiento de gas natural (GN, GNC y GNL)
33. Licencia de transporte de combustible de aviación JET A-1 y AVGAS 100LL para consumo propio
34. Licencia de transporte de gas natural (GN, GNC y GNL) por gasoducto tradicional (redes)
35. Licencia de transporte de gas natural (GN, GNC y GNL) por gasoducto virtual (camiones)
36. Licencia de transporte de productos derivados del petróleo por unidad móvil
38. Licencia distribuidor mayorista de gas licuado de petróleo (GLP)
39. Licencia que autoriza a operar como almacén general de depósito
40. Licencia re-exportación de derivados del petróleo (incluye GLP)
41. Modificación de clasificación empresa generadora de electricidad (EGE/EGP/SA)
42. Reconsideración de proyectos empresas Zonas Francas y/o Regímenes Especiales
43. Renovación anual de Distintivos Adhesivos (incluye inspección técnica)
44. Renovación de autorización de uso de local a ser destinado como almacén general de depósito
45. Renovación de certificación de clasificación empresarial Mipymes
46. Renovación de la licencia de importación y distribución de equipos de conversión
47. Renovación de la licencia de importación y distribución de equipos para estaciones de GNV
48. Renovación de la licencia de operador de taller de conversión autorizado
50. Renovación de la licencia de terminal de importador y almacenamiento de gas natural (GN, GNC y GNL)
53. Renovación de la licencia para distribuidor de gas natural (GN, GNC y GNL)
56. Renovación de licencia de operación de depósito de derivados del petróleo para la venta
61. Renovación de licencia de transporte de productos derivados del petróleo por unidad móvil
63. Renovación de licencia distribuidor mayorista de gas licuado de petróleo (GLP)
64. Renovación de licencia que autoriza a operar como almacén general de depósito
65. Renovación licencia re-exportación de derivados del petróleo (incluye GLP)
66. Solicitud de autorización para inicio de trámites de obtención de permisos
67. Solicitud de certificación de documentos
69. Solicitud de extensión de plazo (prórroga) para continuar construcción
70. Solicitud de extensión de plazo (prórroga) para continuar trámites de obtención de permisos
71. Solicitud de modificación de registro por arrendamiento
72. Solicitud de modificación de registro por cambio de datos
73. Solicitud de registro nacional de estaciones de expendio de combustibles
75. Solicitud y carta de no objeción a construcción de establecimiento
77. Solicitud y otorgamiento de licencia de operación de estación de expendio
80. Solicitud y realización de evaluación técnica de funcionalidad del terreno