En el 1848, mediante Decreto Núm. 140, se autoriza el trabajo en las minas de la República y se declara la Industria Minera "libre", como una forma de promover el empleo de capitales en la Nación; además, se reglamenta la explotación minera y se asigna al Ministro de Hacienda el velar por el cumplimiento de dicho Decreto. Con la Ley Núm. 4955, del 1910, el Poder Ejecutivo fija la necesidad de un permiso o autorización otorgado por éste para abrir o explotar minas y, a su vez, establecer concesiones a los propietarios de minas.
Al promulgarse la Ley Núm. 4445, de 1956, se dispone el sujetar a dicha Ley la explotación, concesión y beneficios de todas las substancias minerales naturales con excepción del petróleo y sus derivados.
Esta Ley fue derogada ese mismo año por la Ley Núm. 4550, del 20 de septiembre, y se asigna a la Secretaría de Agricultura todo lo relativo a impuestos, beneficios, tramitación de solicitudes, inspección y sanciones que serán impuestas en la explotación minera.
Para septiembre de 1957, mediante el Decreto Núm. 3116, se suprime la Dirección de Minería y sus atribuciones pasan al Departamento Técnico de Recursos Hidráulicos y Minería, de la Secretaría de Estado de Fomento. Al promulgarse en 1996 la Ley Núm. 290, Ley Orgánica del Ministerio de Industria y Comercio, se coloca bajo la dependencia de éste la Dirección General de Minería.
En el 1971 se promulga la Ley Núm. 123, que modifica la Ley Núm. 4550 de 1956, disponiendo el otorgamiento de concesiones de explotación de los componentes de la corteza terrestre y crea una comisión encargada de depurar las solicitudes de concesiones o permisos, además de recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de los mismos.
Ese mismo año, mediante la Ley Núm. 146, se derogan todas las disposiciones de la Ley Minera Núm. 4550, del 1956, y se dictan las atribuciones de la Dirección General de Minería. Para el 1981, con el Decreto Núm. 2611, esta Dirección General pasa a ser una dependencia de la Presidencia de la República y cambia su denominación a Dirección General de Minería e Hidrocarburos.
Ya en 1983, el Decreto Núm. 900 declara varias reservas fiscales mineras en todo el territorio nacional incentivando la participación del sector privado en la explotación y exploración minera nacional y, a su vez, se deroga el Decreto Núm. 2611, de 1981.
Mediante la Ley núm. 100-13, que crea el Ministerio de Energía y Minas en su artículo 9, la Dirección General de Minería queda asdcrita a referido ministerio.
Generar el conocimiento geológico y geotemático nacional, almacenarlo, actualizarlo, comunicarlo, y difundirlo para el bienestar de la sociedad, además conocer el patrimonio geológico del país, que es un derecho y una obligación del Estado.
Ser el organismo líder en producir información actualizada sobre las características geológicas básicas del territorio nacional y de los procesos que condicionan su formación, para propiciar el uso responsable de los recursos naturales del territorio, sobre la base de una infraestructura de información de las Ciencias de La Tierra.
N/A
1. Carta de No objeción a voladuras
2. Carta para el pago de la patente minera
3. Certificación de denuncias de sustancias minerales
4. Certificación de estatus de solicitudes de concesiones mineras en trámite
5. Certificación de No concesión minera
6. Consultas de áreas geográficas disponibles para solicitudes de concesiones minera
8. Gestión de aprobación para inscripción de transferencia de derechos mineros
11. Gestión del proceso de formalización de la minería artesanal y pequeña escala de Ámbar y Larimar
12. Registro de denuncias de sustancias minerales
13. Solicitud certificación de estatus de concesiones mineras otorgadas
15. Solicitud de Concesión de Exploración Minera
16. Solicitud de Concesión de Explotación Minera
17. Solicitud de datos estadísticos del sector minero
18. Solicitud de inscripción de contratos diversos de derechos mineros
19. Solicitud de inscripción de transferencia de derechos mineros
20. Verificación y clasificación de Ámbar y Larimar para exportación