El Convenio de París, firmado el 20 de Marzo del año 1883, para la Protección de la Propiedad Industrial fue la base para que se firmara en nuestro país la Ley Núm. 4994 el 26 de Abril de 1911, sobre Patentes de Invención, y la Ley Núm. 1450 el 29 de Diciembre de 1937, sobre Registro de Protección de Marcas de Fábrica y Nombres Comerciales.
Años después la República Dominicana se hace miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y por ende, del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y por la Resolución Núm. 2-95, del 20 de Enero de 1995, se ratifica el Acuerdo de Marrakech, suscrito en el año 1994. En consecuencia, nuestro país se obligó a adecuar su legislación, de manera que exista un mínimo de normas de protección de la Propiedad Intelectual que sean iguales en todos los países signatarios y por consiguiente, el Gobierno Dominicano se acogió a la extensión establecida en el ADPIC para que las autoridades nacionales hicieran los ajustes necesarios a nuestra legislación, llevando a que se promulgara y entrara en vigencia a partir del 08 de mayo del año 2000, la Ley Núm. 20-00 sobre Propiedad Industrial.
Con la promulgación de la Ley Núm. 20-00, se crea la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), institución adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes; con autonomía técnica y con patrimonio propio, que administra todo lo relativo a la concesión, al mantenimiento y vigencia de los registros de las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial (patentes de invención, de modelos de utilidad, registro de diseños industriales y de signos distintivos).
Garantizar los derechos de la Propiedad Industrial, asumiendo el compromiso de contribuir al desarrollo económico y social del país con servidores públicos eficientes que prestan servicios de excelente calidad.
Ser reconocida como una organización referente de calidad en la región, gestionada con ética y transparencia, apegada a la mejora continua de sus procesos, que promueve la innovación y los derechos de Propiedad Industrial en beneficio de la sociedad .
a) Garantizar la seguridad jurídica de los titulares de derechos mediante una observancia rigurosa de la legislación y procesos eficientes.
b) Facilitar el acceso a la protección de la inventiva y creatividad nacional.
c) Contribuir al aprovechamiento del desarrollo tecnológico por parte de nuestros nacionales con miras a generar bienestar y ser cada día más competitivos.
Directorio, integrado por cinco miembros:
El Ministro de Industria, Comercio y Mipymes, quien lo presidirá.
El Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo.
El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
El Ministro de Educación.
El Director del Instituto de Innovación en Biotecnología e Industria (IIBI).
-Resolución Núm. 2-95, del 20 de enero de 1995 que ratifica el Acuerdo Marrakech mediante el cual se establece la Organización Mundial del Comercio.
-Ley Núm. 20-00, del 8 de mayo del 2000, sobre Propiedad Industrial.
-Decreto Núm. 599-01, del 01 de junio de 2001, que reglamenta la aplicación de la Ley Núm. 20-00 y deroga el Decreto Núm.408-00, del 11 de agosto de 2000, sobre aplicación de la Ley Núm.20-00.
1. Acción en nulidad de Patentes de Invención Modelo de Utilidad
2. Acción en Nulidad de Registro de Diseño Industrial
3. Registro de Nombre Comercial y Publicación
4. Registro de Patente de Modelo de Utilidad
5. Acción de Cancelación por no Uso de Signos Distintivos
6. Acción en Cancelación (Invalidación Registro) Nombre Comercial- Rotulo- Emblema
7. Acción en Nulidad Signos Distintivos
8. Acción en Reivindicación del Derecho al Titulo de Protección Signos Distintivos
9. Cada Clase Adicional Multiclase
10. Examen de Fondo de la Solicitud de Patente de Invención
11. Examen de Fondo de Modelo de Utilidad
12. Mantenimiento de Vigencia de Modelo de Utilidad de Cinco a Diez Años
13. Mantenimiento de Vigencia de Modelo de Utilidad de diez años en adelante
14. Mantenimiento de vigencia de Patente de Invención de Cinco a Nueve Años
15. Mantenimiento de Vigencia de Patente de Invención de Dieciseis Años o Mas
16. Mantenimiento de Vigencia de Patente de Invención de Diez a Quince Años
17. Mantenimiento de Vigencia de Patentes de Invenciones de Dos a Cuatro Años
18. Oposición de Registro de Diseño Industrial
19. Oposición Signos Distintivos
21. Recurso de Reconsideración de Invenciones
22. Registro de Lema Comercial
23. Registro de Marca Base Multiclase
24. Registro de Patentes de Invenciones
25. Registro de Rotulo y Publicación
26. Registro Emblema y Publicación
27. Registro y Examen de Fondo de Diseños Industriales de cinco a veinte diseños
28. Registro y Examen de Fondo de Diseños Industriales de Uno a Cinco Años
30. Solicitud Registro de Marca
31. Solicitud Cambio en el Registro de los Datos del Titular- Nombre-Domicilio o por Fusión