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Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV)

Presidencia de la República

Calle Dr. Tejada Florentino No. 8, Villa Consuelo, Santo Domingo

8096892121

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Otras Informaciones del Organismo

Desde el año 1942 hasta el 1962 funcionaba la empresa radiotelevisora "La Voz Dominicana C x A" perteneciente a la familia Trujillo. En este último año (1962), mediante la Ley Núm. 5785, fueron confiscados y considerados bienes nacionales los pertenecientes a la familia Trujillo.
 
Posteriormente esta empresa adquiere el nombre de "Radio Santo Domingo Televisión", aunque no se tienen datos exactos del mismo, y en el año 1963, mediante el Decreto Núm. 335, se fusiona con "Radio Caribe, C. por A." formando una sola entidad denominada "Radio Santo Domingo Televisión", dependiente del Ministerio de la Presidencia.
 
Aunque no se tienen datos exactos del origen de su cambio de denominación, a partir del año 1966 esta empresa adquiere el nombre de "Radio Televisión Dominicana" (RTVD) cuando, mediante la Ley Núm. 168, se concede categoría de funcionarios y empleados públicos a los miembros de su personal, atendiendo a la necesidad de definir claramente el estatus jurídico de los mismos.
 
En el año 1979, mediante el Decreto Núm. 627, se crea y se integra la Junta Directiva de Radio Televisión Dominicana presidida por el Secretario Administrativo de la Presidencia, con el objetivo de coordinar y dirigir todas las actividades de dicha planta radiotelevisora.
 
Años más tarde, en el 1996, considerando que la programación, operación y mantenimiento de los equipos de RTVD deberían ser monitoreados por un patronato integrado por personas conocedoras de esa actividad, se crea e integra, mediante el Decreto Núm. 275-96, un patronato que funcionaría como entidad fiscalizadora y orientadora de Radio Televisión Dominicana. Para el año 2003 Radio Televisión Dominicana contaba con una estructura legal y administrativa que no le permitía avanzar en materia de telecomunicaciones y hacer frente a los cambios trascendentales en el mundo de la radio y la televisión.
 
Era conveniente crear una entidad que lograra una mayor competitividad y eficiencia en el mercado de las telecomunicaciones.
 
Es por esta razón que se promulga la Ley Núm. 134-03, del año 2003, y se crea la Corporación Estatal de Radio y Televisión (CERTV), con carácter de entidad estatal descentralizada, con autonomía funcional, jurisdiccional y financiera.

Gestionar y explotar el espectro público de telecomunicación para el transporte y difusión de señales de televisión en VHF, UHF y sistemas de televisión por cable coaxial, al igual que las redes públicas de radiodifusión sonora de onda media, onda corta y frecuencia modulada, para la transmisión y retransmisión de programaciones de radio y televisión.

No definida.

No definidos.

 a)  Formar continuamente a los profesionales de la radio y televisión, ofreciendo cursos de locución, producción y conducción de programas de televisión.
b)  Garantizar la cobertura técnica única y exclusiva y las señales matrices de audio y vídeo de las actividades extraordinarias de interés nacional que realicen la Presidencia de la República, la Suprema Corte de Justicia y el Congreso Nacional.
c)  Informar a la opinión pública de todos los acontecimientos nacionales e internacionales a través de los noticiarios que produzcan sus medios.
d) Realizar la programación de todos los eventos, programas y anuncios a difundirse a través de las estaciones de radio y televisión de la corporación.
e)  Llevar a cabo las grabaciones de los actos para la elaboración del noticiero.
f)   Realizar la venta de la programación regular, tanto de radio como de televisión, así como los espacios entre programas a las agencias publicitarias y clientes.
 

El Consejo de Administración de la Corporación estará integrada por:

El Ministro de Cultura; el Ministro de Educación; el Ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología; el Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo; el Administrador General del Banco de Reservas de la Republica Dominicana; un representante de las fundaciones relacionadas con el desarrollo educativo y cultural y por tres personas de comprobado prestigio, conocimiento y experiencia en el campo de las comunicaciones por radio y televisión, que no tengan intereses económicos, directos y sustanciales con la industria comercial de la radio y la televisión. El Poder Ejecutivo decidirá cuales de los miembros del Consejo de Administración detentarán los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario de dicho Consejo.

- Ley Núm. 134-03, del 29 de julio de 2003, que crea la Corporación Estatal de Radio y Televisión y su Reglamento de Aplicación del 6 de enero de 2003.