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Consejo Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Av. Tiradentes, Edificio La Cumbre, piso #10, Ens. Naco, Santo Domingo

8092006400

8095396400

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Lunes a Viernes: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

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Otras Informaciones del Organismo

 Las continuas y masivas emisiones de contaminantes a la atmósfera, el vertido de sustancias líquidas nocivas, la emisión de partículas sólidas tóxicas provenientes de actividades industriales, mineras, agrícolas, turísticas y urbanas, entre otras, degradan el medio ambiente y afectan la salud y la calidad de vida de la población humana y la vida silvestre.

Además, la intensa y constante deforestación a que han sido sometidos los bosques nacionales y la consecuencia de la aridización de los mismos, el agotamiento de las fuentes acuíferas y la alteración de su calidad, amenazan la estabilidad y la supervivencia de la nación dominicana.

 Tomando en consideración los factores anteriormente señalados, el 18 de agosto del año 2000, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley núm. 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, la cual, en su artículo 19, crea el Consejo Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales, como órgano de enlace entre el Sistema Nacional de Planificación Económica, Social y Administrativa, el sector productivo nacional, la sociedad civil y las entidades de la administración pública centralizada y descentralizada del sector medioambiente y recursos naturales, con el objetivo de programar, establecer y evaluar la Estrategia Nacional de Conservación de la Biodiversidad en la República Dominicana.
 

 

   
 

 

 

 

a) Servir de enlace entre el Sistema Nacional de Planificación Económica, Social y Administrativa, el sector productivo nacional, la sociedad  civil y las entidades de la administración  pública centralizada y descentralizada pertenecientes al sector medio ambiente y recursos naturales.
b) Programar y evaluar las politicas de medio ambiente y recursos naturales, así como establecer la estrategia nacional de conservación de la biodiversidad.
c) Velar  por la preservación y protección del medio ambiente y los recursos naturales.
d) Supervisar la aplicación eficaz de la legislación vigente, para garantizar la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales.

Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien lo preside
Ministro de Economía, Planificación y Desarrollo
Ministro de Agricultura y Ganadería
Ministro de Salud Pública y Asistencia Social
Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones
Ministro de las Fuerzas Armadas
Ministro de Turismo
Ministro de Industria y Comercio
Ministro de Relaciones Exteriores
Ministro de Trabajo
Secretario General de la Liga Municipal Dominicana
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos
Un Representante de las regiones Norte, Sur, Este y Oeste de las Organizaciones no Gubernamentales (ONG’s) del área de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Un Representante de una Organización Campesina
Dos Representantes de Universidades (pública y privada)
Un Representante del Sector Empresarial de ternas presentadas por sus respectivas organizaciones al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales y designado por Decreto del Poder Ejecutivo.
 
 

-Ley  General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales,  núm. 64-00, del 25 de julio del 2000.