Los préstamos de menor cuantía han sido siempre los más utilizados por las personas de escasos recursos económicos, y, en consecuencia, las mismas recurren a las casas de empeños y casas de compra-venta, las cuales cobran intereses bastante altos.
Tomando en consideración esta situación, el 30 de diciembre de 1938 el Congreso Nacional aprobó la Ley Núm. 56, que crea el Monte de Piedad, institución cuya finalidad es realizar préstamos con garantía prendaría y el cobro de bajos intereses por los mismos. Posteriormente, el 2 de agosto de 1947 el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Núm. 1490, en la cual se convierte al Monte de Piedad en una institución autónoma y descentralizada, y autoriza a la misma a la instalación de sucursales, agencias o dependencias en el territorio nacional. La referida Ley deroga la Núm. 56, del año 1938.
Después, mediante la Ley Núm. 5331, del 31 de marzo de 1960 se le cambió la denominación de Monte de Piedad por la de Caja de Ahorros para Obreros y Monte de Piedad, poniéndose bajo la dependencia del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República y Banco Agrícola de la República Dominicana. Luego, a través de la Ley Núm. 6106, del 17 de noviembre de 1962, se le devolvió la autonomía establecida en la Ley Núm. 1490.
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