En el año 2004 se identificó la necesidad de contar con un organismo que permitiera al Estado Dominicano articular iniciativas sectoriales, proyectos de desarrollo, crear al ambiente necesario para la competitividad, la eficientización y la transparencia de la administración pública, medioambiente el uso y masificación de las Tecnologías de la información y la comunicación (TIC).
Sumando la interés como país, de cumplir con los acuerdos suscritos con las Naciones Unidas para alcanzar los Objetivos del Milenio y erradicar la pobreza, y dar cumplimiento a acuerdos tales como la Declaración de Bávaro, la Declaración de Principios y el plan de Acción de la Cumbre Mundial para la Sociedad de la Información en su primera fase, en Ginebra, diciembre 2003, en su segunda fase el Compromiso y Programa de Acción celebrado en Túnez, noviembre 2005.
Es por ello que el día 3 de Septiembre de 2004, mediante Decreto No. 1090-04, fue creada la Oficina Presidencial de Tecnología de la Información y Comunicación (OPTIC), con dependencia directa del Poder Ejecutivo, autónoma financiera, estructural y funcional.
En el mismo orden este decreto adhiere a la OPTIC, las funciones del Instituto Audiovisual de la Información (IADI), en la actualidad denominado Centro de Estudios de Tecnología de la Información y Comunicación (CETIC) y de la Comisión Nacional de la Información (CNI), con la finalidad de integrar bajo un mismo seno las iniciativas de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) Gobierno Electrónico.
Posteriormente, mediante Decreto No. 212-05, se crea la Comisión Nacional de la Sociedad de la Información y Conocimiento (CNSIC), con la responsabilidad de elaborar, desarrollar y evaluar la Estrategia Nacional de la Sociedad de la Información, la Formulación de Políticas derivadas de dichas estrategias y la definición de iniciativas, programas y proyectos para su realización.
Otros Decretos han sido emitidos, No. 228-07 y No. 229-07, con miras a institucionalizar el desarrollo e implementación de la Agenda Nacional de Gobierno Electrónico. Estos Decretos establecen la creación del Centro de Contacto Gubernamental y el instructivo de aplicación del Gobierno Electrónico, respectivamente.
a) Diseñar, proponer y definir las políticas, establecer los linimientos y elaborar las estratégicas, planes de acción y programas para promover, desarrollar y garantizar mayor acceso, conectividad e implantación de nuevas tecnologías de la información y comunicación, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento económico y competitividad hacia la sociedad de la información.
b) Asesorar, realizar la planificación estratégica; formular, gestionar, ejecutar y evaluar proyectos de tecnologías de información y comunicación (TICS) en las distintas instituciones de gobierno.
c) Proporcionar y apoyar la creación de redes de cooperación entre el sector público, privado y sociedad civil par facilitar y optimizar la gestión de lo organismos gubernamentales y la contratación administrativas.
d) Realizar investigaciones y estudios, promover la transferencia de conocimiento, de información y de nuevas tecnologías a la sociedad y a la comunidad empresarial.
e) Comunicar y difundir el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICS) en la sociedad dominicana.
f) Formular políticas e implementar el proceso de desarrollo e innovación tecnológica para la transformación y modernización del Estado hacia la sociedad de la información, promoviendo la integración de nuevas tecnologías, su compatibilidad, interoperabilidad y estandarización en materia de tecnologías de infamación y comunicación (TICS).
g) Asistir a las Instituciones gubernamentales centralizadas, autónomas y descentralizadas en la identificación de oportunidades de implantación de tecnologías de la información y comunicación, para la mejora y eficiencia de la función pública.
h) Proponer Políticas para difundir y promover la generación de una cultura de tecnología de información y comunicación en el país.
i) Participar en los proyectos de desarrollo, innovación, implementación e integración de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs), cualquiera que fuese su fuente de financiamiento, a fin de optimizar las inversiones en el ámbito del sector público.
j) Velar Asistir y Supervisar en los aspectos y políticas y relativas a la seguridad y privacidad de la información digitalizada y electrónica en el ámbito del sector pública.
k) Coordinar, dar seguimiento y proponer ajustes y nuevos para la ejecución de la Agenda del Gobierno Electrónico.
l) Preparar y proponer el instructivo presidencial par la aplicación y desarrollo de la agenda de Gobierno Electrónico 2005-2008.
m) Proponer acciones y otros instructivos presidenciales que se entiendan necesarios en vía de garantizar la buena gestión y aprovechamiento de los recursos tecnológicos por parte del Gobierno y el país para insertarnos en la sociedad de la información.
- Decreto No. 1090-04, de fecha tres (3) de septiembre de 2004, el cual crea la Oficina Presidencial de Tecnología de la información y Comunicación (OPTIC) como dependencia del Poder Ejecutivo.
- Decreto No. 228-07, de fecha diecinueve (19) de abril de 2007, que establece el Centro de Contacto Gubernamental *GOB (*462), canal oficial como primer punto de contacto y principal de comunicación par atención telefónica del Gobierno Dominicano, las instituciones que lo representan, con la ciudadanía.
- Decreto No. 229-07, de fecha diecinueve (19) de abril de 2007, sobre Gobierno Electrónico.
- Decreto No. 709-2007, de fecha veintiseis (26) de diciembre de 2007, que instruye a toda la Administración Públca del Estado dominicano a cumplir con las normas y estándares tecnológicos para: (i) el desarrollo de de los portales gubernamentales, (ii) conectividad insterinstitucional, (iii) interoperabilidad tecnológica, (iv) de seguridad, auditoría e integridad electrónica, (V) digitalización de documentos; así como cualquier otra normativa que sea redactada, aprobada y coordinada por la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), en materia de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) y Gobierno Abierto.
- Decreto No. 54-21, de fecha dos (2) de febrero de 2021, que establece que la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC), será una dependencia desconcentrada del Ministerio de Administración Pública (MAP), y será denominada Oficina Gubernamental de Tecnología dela Información y la Comunicación (OGTIC).
- Decreto núm. 338-2023, de fecha veintisiete (27) de julio de 2023, que fusiona los Gabinetes de Transformación Digital y el Gabinete de Innovación.
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1. Alojamiento de Correos Electrónicos Office 365 para las Instituciones del Estado
2. Alojamiento de Equipos (colocación)
3. Alojamiento de Portales Gubernamentales
4. Asesoría y Asistencia Técnica en Implementación Gobierno Digital
5. Atención Telefónica al Ciudadano Ofrecida a través de las líneas telefónicas 462, 700, 3-1-1.
6. Automatización de Servicios Públicos en Línea
8. Desarrollo de plataformas y servicios
9. Firma Digital con Certificado.
10. Firma GOB
11. Nube Computacional Gubernamental (OGTICLOUD)
12. Plantilla para la Creación de Portales Gubernamentales
13. Servicio de consultoría y auditoría en las NORTIC
14. Servicio de Estadísticas Nacionales e Internacionales sobre el Avance de Gobierno Digital
15. Solicitud de Asistencia Técnica Especializada
17. Vinculación de Instituciones de Administración Pública (IAP) al Departamento No Presencial (CCG)