Logo COEDOM

Detalles del Organismo


Información General del Organismo

Logo

Consejo Nacional de Agricultura Orgánica

Ministerio de Agricultura

Los Jardines del Norte, Km. 6½, Autopista Duarte

8095473888

8095473888

Lunes a Viernes: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.


Otras Informaciones del Organismo

Es deber del Estado, a través del Ministerio  de Agricultura, promover el desarrrollo económico, político y social  de la nación, estimulando iniciativas en actividades agropecuarias y forestales  y adoptando las medidas que sean necesarias para la conservación, el desarrollo y el aprovechamiento de los recursos naturales en forma eficiente y sostenible. Es por esto que mediante el Decreto Núm. 224-08 se crea el Consejo Nacional de Agricultura Orgánica- CONAO el cuál  es una instancia de asesoramiento y ayuda al sector de la agricultura orgánica,  el Ministerio de Agricultura debe tener control de la agricultura orgánica en el país.

  Con la resolución 15-2008, emitida por el Ministro de  Agricultura, Salvador (Chío) Jiménez, se da cumplimiento al artículo 11 del Decreto 223-08.  El Documento define la agricultura orgánica como un sistema de producción agrícola  que se basa en la salud, nutrición, conservación y mejoramiento del suelo, con el uso apropiado de la energía, el agua, la diversidad vegetal y animal, y con la aplicación de técnicas e ingredientes que benefician el ambiente y contribuyen al desarrollo.

La resolución establece una serie normativas  que regirán las actividades de producción agrícola orgánica en el país y un sistema de control de la agricultura orgánica  que operará bajo la dependencia de una Oficina de Control, con autonomía.

 

a) Designar un Secretario Ejecutivo
b) Definir y designar su estructura interna
c) Proponer políticas y estrategias para el desarrollo de la agricultura orgánica en coordinación con las instancias estatales correspondientes.
d) Conocer, aprobar o rechazar las propuestas de modificación del Reglamento de agricultura orgánica de la República Dominicana.
f) Crear las comisiones o grupos de trabajo requeridos, permanentes o temporales, de acuerdo a las necesidades.
g) Promover las actividades y programas de formación en agricultura orgánica tanto a nivel de productores como de técnicos interesados.
h) Promover las actividades de capacitación del consumidor en coordinación con las instancias involucradas e interesadas en este trabajo.
i) Promover y constituirse en un catalizador de la cooperación de Secretarias de Estado, instituciones y organizaciones nacionales para el desarrollo del sector orgánico.
j) Promover el intercambio de experiencias exitosas en el rubro de la agricultura orgánica en el país.
k) Realizar labores de incidencia política a nivel de los organismos estatales y privados promoviendo el desarrollo del rubro de la agricultura orgánica.
l) Apoyar la promoción del consumo local de productos orgánicos.
m) Presentar anualmente, a disposición del movimiento orgánico, una memoria y cuando así se requiera, informes de actividades específicas.
 

a) El Ministro de Agricultura con voto exclusivamente dirimidor, quien lo presidirá.
b) Tres representantes permanentes del sector de productores orgánicos seleccionados para la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD).
c) Un representante de los pequeños productores.
d) Un representante de las agencias certificadoras presentes en el país.
e) Un representante del  Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
f) El Director de la Oficina de Control de la Agricultura Orgánica.
g) Un representante del Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (IDIAF) como sector lider de la investigación agrícola.
h) Un representante de las universidades con facultades de agronomia en el país
i) Un representante permanente del Consejo Dominicano del Café
j) Un representante de la Comisión Nacional de Cacao
k) Un representante de los consumidores.
l) El Director del Programa Nacional de Agricultura Orgánica (PRONAO)
m) El Secretario Ejecutivo del CONAO
n) Un representante del Conjunto Productivo de la Agricultura Orgánica (cluster)
ñ) Un representante de la Confederación Nacional de Cacaocultores Dominicanos ( CONACADO).
o) El Director del Departamento de Cacao
p) Un representante de la Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR).
q) El representante del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura IICA.
 


 

- Decreto Núm. 223-08 de fecha 30 de mayo 2008
- Decreto Núm. 224-08 de fecha 30 de mayo 2008
- Resolución Núm. 15/2008 ,que establece el Reglamento para la Agricultura Orgánica de la República.