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El Consejo de Directores, como organismo superior de CORAADUARTE, estará integrado de la siguiente manera:
1) El presidente de la CORAADUARTE, el cual será nombrado por el Poder Ejecutivo y quien además presidirá el Consejo;
2) Un representante de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS);
3) Un representante del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA);
4) El síndico del municipio cabecera;
5) Un síndico municipal de uno de los municipios restantes de la provincia Duarte, preferiblemente de un partido contrario al síndico de San Francisco de Macorís, escogido en un plazo no mayor de 30 días, a partir de la promulgación de esta ley. En caso de que en dicho plazo no haya sido seleccionado podrá ser escogido uno de ellos, por los restantes miembros del Consejo;
6) Un representante del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI);
7) Un representante de la Asociación para el Desarrollo de la Provincia Duarte;
8) Un representante de la Unión de Juntas de Vecinos de San Francisco de Macorís:
9) Un representante del Centro Universitario Regional del Nordeste (CURNE);
10) Un representante de la Universidad Católica Nordestana (UCNE).
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Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.