a) Investigar las causas y factores determinantes de los accidentes de trabajo, de las enfermedades ocupacionales y el impacto de los factores de riesgo en la salud de los trabajadores, proponiendo las medidas preventivas procedentes.
b) Elaborar, promover y desarrollar programas de investigación sobre método y técnicas de seguridad, higiene y salud laboral.
c) Estudiar y vigilar en coordinación con la Dirección de Coordinación del Sistema de Inspección las condiciones de trabajo que puedan resultar nocivas o insalubres durante los períodos de embarazo y lactancia de la mujer trabajadora, para acomodar en caso necesario su actividad laboral durante los períodos referidos
d) Elaborar una guía de riesgos laborales que sirva de instrumento para la planificar la política de prevención, según las directrices o programas emanados de las autoridades de Salud Pública.
e) Elaborar programas de trabajo, conjuntamente con la Dirección de Coordinación del Sistema de Inspección, para la realización de visitas de evaluación a las empresas, con la finalidad de verificar las condiciones de Seguridad y salud existentes.
f) Asesor a las empresas que soliciten acerca de la legislación existente relativa a la seguridad y la salud en el trabajo
g) Promover y dar seguimiento en las empresas industriales a la creación de Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo, en coordinación con el sindicato de la empresa si lo hubiere, y en su defecto, con una comisión designada por los trabajadores.
h) Colaborar con las instituciones que tengan incidencia en el área de la construcción, en la definición y establecimiento de normas que rijan la construcción de edificaciones destinadas a la industria, a fin de asegurar la salud y la seguridad de los trabajadores.
i) Coordinar con la Secretaría de Estado, hoy Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, la aprobación de los planos de construcción, reparación o modificación de las edificaciones a establecimientos industriales, para determinar si los mismos cumplen con las normas de seguridad
j) Aprobar la instalación de maquinarias en los establecimientos industriales o comerciales, para determinar si dicha instalación procede o no, desde el punto de vista de la protección del trabajador.
k) Practicar en las empresas industriales las pruebas que considere necesarias para comprobar la malignidad de sustancias, métodos o equipos de trabajo utilizados en la fabricación de productos.
l) Ordenar la suspensión inmediata de aquellos trabajos o tareas que se realizan sin cumplir las normas sobre seguridad y salud en el trabajo y que impliquen graves riesgos para los trabajadores que los ejecutan o para terceros.
m) Realizar cualquier otra función afín o complementaria que le sea asignada por su superior inmediato.