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Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Boca Chica (CORAABO)

Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social

C/ Juan Bautista Vicini No.24, Boca Chica.

8095239880

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facebook.com/CoraaboRD/

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

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Otras Informaciones del Organismo

Tomando en consideración las dificultades para la administración y suministro de agua a la población y el manejo del sistema de alcantarillado sanitario a causa del crecimiento demográfico y urbanistico experimentado por e municipio de Boca Chica, el 6 de junio del 2006, por iniciativa de uno de sus representantes en el Congreso Nacional, se aprobó la Ley No.428-06 que crea la Corporación de Acueducto y Alcantarillado del Municipio de Boca Chica (CORAABO). El 25 de noviembre del 2008 se solicitó por la vía del Consultor Jurídico de la Presidencia la modificación del Art. 5 de la Ley No. 428-06 en lo referente a la transferencia con el Instituto Nacional de Aguas Potables (INAPA).

En enero del 2009, el Presidente de la República dispuso que el Ministerio de Hacienda entregara a CORAABO los fondos necesarios para iniciar su funcionamiento; sin embargo, esa orden no se ejecutó, por lo que en junio del 2009, se instruyó a que la Secretaría de la Presidencia entregara los fondos, divididos en partidas atendiendo a la disponibilidad. En agosto de ese mismo año se entregó al Presidente de la Corporación la partida para iniciar la construcción de la estructura para el funcionamiento de la CORAABO, en cuyas instalaciones realiza sus operaciones actualmente.

Posteriormente, en septiembre del 2009, se sometió via el Ministerio de salud Pública y Asistencia Social el presupuesto de la CORAABO, en el que fueron incluidos sendos proyectos para poner en funcionamiento las plantas de agua potable y de aguas residuales con las que la Corporación está brindando sus servicios a la población del municipio.

Dotar a la población del Municipio de Boca Chica y Zonas aledañas, de un servicio de agua potable, recolección y posterior tratamiento de aguas residuales, garantizando calidad y eficiencia, manteniendo el buen funcionamiento, para cubrir las necesidades de los ciudadanos clientes.

Ser una entidad modelo, eficaz en el servicio brindado y poseer clientes satisfechos, comprometidos socialmente con el medio ambiente.

· Calidad
· Excelencia
· Responsabilidad
· Respeto
· Transparencia
· Ética
 

 

a) Administrar y operar el sistema de acueducto y alcantarillado urbano y rural del Municipio de Boca Chica,

b) Sugerir al Poder Ejecutivo los casos en los cuales procederá a declarar de utilidad pública las propiedades que sean necesarias para la ejecución de sus prograsmas,

c) Coordinar y ejecutar actividades con aquellas instituciones públicas y privadas con funciones afines.

d) Realizar todas las operaciones necesarias para la consecución de sus fines; asi como contratar empréstitos con el Estado dominicano y con instituciones nacionales e internacionales.

e) Garantizar a los pobladores del municipio el suministro de agua potable de calidad, con equidad y en forma racional, asi como, la ampliación oportuna y mantenimiento del sistema de alcantarillado que demande el crecimiento y desarrollo de las comunidades bajo su influencia.

Consejo de Directores, compuesto por:

El Ministro de Salud Pública o su representante, quien lo presidirá.                            

El Alcalde del Municipio de Boca Chica o su representante.                                                 

El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (INAPA) o su representante.                                                                                                                  

El Director Ejecutivo de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado del municipio de Boca Chica (CORAABO), quién será designado por el Presidente de la República, y fungirá como Secretario del Consejo de Directores, con derecho a voz, pero sin voto.                                 

El Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI)                     

Un representante de la Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes (ASONAHORES), cuyo representante, preferiblemente, será una persona que dirija la Asociación Pro-Desarrollo de Boca Chica.

- Ley núm. 428-06, del 21 de noviembre del 2006, que crea la Corporación de Acueducto y Alcantarillado del Municipio de Boca Chica.
-Ley Núm. 33-11, del 28 de febrero de 2011, que modifica los artículos 5, 8, 9 y 12 de la Ley Núm. 428-06 del 21 de noviembre de 2006, que creó la Corporación del Acueducto y Alcantarillado del municipio de Boca Chica.