a) Despachar de acuerdo con las leyes y reglamentos, bajo la vigilancia del Ministerio de Trabajo, todo lo relativo a:
La jornada de trabajo;
Los descansos legales;
Vacaciones de los trabajadores;
Al cierre de las empresas;
La protección de la maternidad de las trabajadoras;
La protección de los menores en materia de trabajo;
Los salarios de los trabajadores;
La nacionalización del trabajo;
Las Asociaciones de Empleadores y de Trabajadores;
Los Contratos de Trabajo;
Los demás asuntos relacionados con el Trabajo como factor de la Producción.
b) Investigar las denuncias de irregularidades en la ejecución de los contratos, convenios, leyes y reglamentos de trabajo que le sean sometidas por los empleadores y por los trabajadores perjudicados.
c) Mantener un servicio gratuito de consultas, sobre interpretación de las leyes y reglamentos de trabajo.