Logo COEDOM

Detalles del Organismo


Información General del Organismo

Logo

Dirección General de la Policía Nacional

Ministerio de Interior y Policía

Avenida Leopoldo Navarro No. 402, Gazcue, Santo Domingo, D.N

8096822151

8096852020

FB: policianacional IG: policiard Tw: @PoliciaRD

Lunes a Domingo 24 horas a tu servicio

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.


Otras Informaciones del Organismo

Para comprender la evolución histórica de la Policía Nacional, hay que remontarse a España, país que descubrió y colonizó nuestra isla, que desde el momento mismo del descubrimiento impuso sus leyes, usos y costumbres. La colonización se inició propiamente dicho con Nicolás de Ovando, diez años después del descubrimiento por Cristóbal Colon. Ovando, llegó a La Española el 15 de abril de 1502, con instrucciones precisas de los Reyes Católicos para consolidar el poder colonial en la Isla.

Se estableció con la colonización de nuestra Isla, un estilo de cuerpo policial nacido en España, llamado “Hermandad”, que formaban entonces los pueblos españoles para defenderse de los ataques de los nobles turbulentos, de las algaradas de los moros en las zonas fronterizas y perseguir y castigar a los malhechores.

Este sistema policial, se registra en la historia de la evolución policial como el primero que se instauró, el mismo estaba reglamentado por disposiciones legales españolas. Estaba compuesto por 2,000 hombres a caballo y un mando único. En cada pueblo había dos alcaldes de la hermandad, cuya función era la de mantener el orden y de juzgar y emitir sentencias.

A raíz de la firma del Tratado de Basilea el 22 de julio de 1795 entre Francia y España, se estableció que Francia devolvería a España todos los territorios que había conquistado al Norte de la península ibérica, a cambio de que esta cediera la parte oriental de la Isla de Santo Domingo. La ocupación de la parte oriental de la isla en 1801, inicialmente a manos de Francois Toussaint Louverture, dio lugar a la adopción de una serie de medidas y disposiciones, similares a las que se aplicaban en la parte occidental, reorganizando administrativa y económicamente la colonia, cambiando entre otras la estructura policial, y estableciendo un cuerpo policial ya existente en la parte Oeste de la isla (Haití), La Gendarmería. Su estructura era similar a la Gendarmería Francesa, estaba establecida en las escasas ciudades donde existía movimiento de comercio, y su función era la de mantener el orden, además de hacer correo dentro del territorio, y se regía por reglamentaciones francesas. Este cuerpo policial francés permaneció de manera ininterrumpida 43 años en nuestro territorio (1801-1844), hasta la Independencia Nacional el 27 de febrero de 1844.

A nueve (9) meses de la proclamación de la República Dominicana, fue elaborada la Constitución de San Cristóbal y cuatro años después, en 1848, se resolvió poner en ejecución el mandato del Artículo 188, creando la Policía Urbana y Rural. Esto se debió a que en la época, la República Dominicana era un país rural y las llamadas zonas urbanas se circunscribían a pequeños caseríos.

Dicho cuerpo fue puesto en funcionamiento el 2 de mayo de 1845 por el General Pedro Santana, entonces Presidente de la Republica, con la promulgación de la Ley de los Ayuntamientos. Esta ley otorgaba la función de policías a los procuradores síndicos, quienes, además de tener función de Policía, ejercían funciones administrativas. El Poder Ejecutivo tenía en esos momentos la prerrogativa de designar a los Comisarios (Jefe de Policía) así como los agentes que fueren necesarios.

El 17 de octubre de 1846 se creó el primer reglamento interno de esta policía urbana y rural, así como el primer reglamento de uniforme y se establecieron compañías de 50 hombres en cada cabeza de provincia. La función de esta Policía era la de mantener el orden en la zonas urbanas y rurales. Un año más tarde, el 23 de julio del 1847, con la modificación de la ley de los Ayuntamientos, desapareció esta Policía Urbana y Rural, y surgió la Policía Municipal. En la nueva ley, la facultad que tenía entonces el Poder Ejecutivo, desde el año 1845, de nombrar a los Comisarios, fue cedida a los Ayuntamientos.

Con la anexión a España el 18 de marzo de 1861, desaparecieron los cuerpos armados de la nación, a saber, Ejército y la Armada Dominicana, así como la Policía Municipal, la cual cedió el espacio al Cuerpo de Serenos de Santo Domingo. Con este cuerpo policial surgieron en el país los primeros cuarteles policiales, y éstos eran:

1.- Cuartel Colón, ubicado en la calle del Comercio, hoy Isabel La Católica.

2.- Cuartel Catedral, ubicado frente a la Catedral Primada de América.

3.- Cuartel Carmen, ubicado en la calle Separación, hoy El Conde.

4.- Cuartel Las Mercedes, ubicado en la calle del mismo nombre.

5.- Cuartel Antón, ubicado en el barrio del mismo nombre.

6.- Cuartel San Carlos Extramuros, ubicado en el Sector de San Carlos (fuera de la ciudad amurallada).

7.- Cuartel Pajarito, hoy Villa Duarte, ubicado en la margen Oriental del río Ozama.

Con la Restauración de la República, el 16 de agosto de 1863, tras la evacuación de las tropas españolas en el año 1865, fue restituida y puesta en vigor nuevamente la Policía Urbana y Rural, mediante la Ley de Policía Urbana y Rural del 2 de julio de ese mismo año, dirigida por un Comandante de Policía.

La nueva ley estableció como funciones de este cuerpo policial, además de velar por el orden público, las de mantener la higiene, controlar el uso de armas, los juegos y rifas, los espectáculos, el corte de madera, entre otras. Se mantuvo limitado a las ciudades más grandes, por lo que en las zonas más apartadas, fronterizas y rurales, los alcaldes pedáneos y el Ejército dominicano imponían el orden. Esta ley se mantuvo sin variación hasta el 27 de marzo 1911, cuando entró en vigencia de nuevo la Policía Municipal del año 1847, manteniéndose funcionando hasta la ocupación norteamericana del año 1916.

Con la ocupación militar norteamericana, fue desmantelado todo el sistema militar y policial de la nación dominicana, desapareció la Guardia Nacional Republicana y también la Policía Municipal. En el 1917, en lugar de la Policía Municipal, surgió un nuevo Sistema Policial llamado Constabulary, cuya organización se correspondía al modelo norteamericano, y su función era la de mantener el orden interno y de hacer cumplir las disposiciones ejecutivas del gobierno norteamericano. Su estructura legal estaba basada en Órdenes Ejecutivas norteamericanas.

El 7 de abril de 1917, mediante Orden Ejecutiva del gobernador militar norteamericano, capitán de navío William Knapp, se instauró la Guardia Nacional Dominicana, de naturaleza militar como su nombre lo indica, pero en ese momento mantenía el orden público y la seguridad de la integridad estatal, siendo sus funciones semejantes a las de la Constabulary, y se regía igualmente por órdenes ejecutivas norteamericanas.

El 2 de julio de 1921, mediante orden ejecutiva del gobernador militar norteamericano, contralmirante Tomás Snowden, surgió la Policía Nacional Dominicana, cuyo nombre, sin embargo, no alteró en ningún sentido el funcionamiento de los cuerpos armados. Estaba compuesta por oficiales del ejército, de infantería de marina de los Estados Unidos y agentes dominicanos. Su función estaba destinada a misiones de patrulla, custodia de cárceles, servicios policiales y orden público.

Aunque tenía estructura militar, la función de Policía, le fue otorgada formalmente mediante el Reglamento General de Policía, puesto en vigencia con un decreto del poder Ejecutivo, representado en ese entonces por el presidente provisional, Don Juan Bautista Vicini Burgos.

Tras la salida del territorio dominicano de las fuerzas de ocupación norteamericanas en el 1924, en base a la anterior Ley de Policía del 1911, resurgió la Policía Municipal, ésta se encontraba distribuida en doce (12) provincias, bajo la dependencia de los cabildos. El mando supremo lo ejercía el Presidente de la Republica, y el mando inmediato, el Jefe de la Policía (Comisario Municipal). Su función era la de mantener el orden y la estabilidad social.

El 9 de agosto del 1927, la Policía Nacional Dominicana, se transformó en Brigada Nacional, y el 17 de mayo de 1928, en Ejercito Nacional, mediante la ley No. 928. El mando supremo lo ostentaba el Presidente de la República, en ese momento Horacio Vásquez; el mando inmediato, el Jefe del Ejército, y dependía de la Secretaría de Estado de Guerra, Marina e Interior y Policía. Su función era la de defender la integridad del Estado.

El 2 de marzo de 1936, mediante decreto No.1523, se creó la fuerza nacional de policía, tal y como es hasta el día de hoy, un cuerpo con jurisdicción nacional, con la misión de mantener el orden, la tranquilidad pública, la seguridad de las personas y de las propiedades, la prevención de las infracciones, la persecución y aprehensión de los delincuentes y su sometimiento a la acción de la justicia. Fue nombrado como jefe de la Policía Nacional el Coronel Miguel A. Román.

Mantener las condiciones necesarias para el libre ejercicio de los derechos ciudadanos, a través de sistemas planificados de prevención e investigación bajo la autoridad competente, para el control del crimen, el delito y las contravenciones, que permita salvaguardar la seguridad ciudadana en todo el territorio nacional.

Ser reconocida como la institución líder en servicios de seguridad ciudadana, mediante una labor profesional, competente, confiable, transparente y efectiva, sustentada en el apoyo y la colaboración de la comunidad; comprometida con la constitución, para garantizar la paz y la convivencia pacífica.

 

 

  •         Disciplina.
  •          Integridad.
  • Vocación de Servicio

a) Preservar la vida, la integridad física y moral de las personas.

b) Proteger y garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades de las personas en todo el territorio nacional.

c) Mantener la paz interior, el orden público y social y la seguridad pública.

d) Velar por el fiel y efectivo cumplimiento de las leyes y demás disposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciba de las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias.

e) Prevenir y controlar la delincuencia y criminalidad.

f)  Ejecutar las detenciones y capturas en los casos previstos por la ley.

g) Vigilar y proteger los edificios, instalaciones públicas y parques, así como aquellos centros o establecimientos que por su interés lo requieran.

h) Vigilar el tránsito vehicular y el transporte de personas y mercancías en las vías públicas y velar por la seguridad vial.

i)  Custodiar todas las vías de comunicación terrestre, marítimas y aéreas, de frontera, puertos y aeropuertos, en coordinación con las instituciones que corresponda.

j)  Velar, conjuntamente con los organismos expresamente establecidos a esos fines, por la conservación del medio ambiente y los recursos naturales.

k) Obtener, recibir y analizar todos los datos e informaciones que tengan interés para el orden y la seguridad pública, y estudiar, planificar y ejecutar métodos y técnicas de prevención y control de la delincuencia.

l)  Auxiliar a los habitantes en caso de calamidad pública.

m) Participar en los programas de orden social, cívico, cultural o educativo que disponga el Gobierno de la República.

n) Proteger y proporcionar seguridad especial a dignatarios, diplomáticos y legisladores y los ex presidentes de las Cámaras Legislativas y cooperación con instituciones policiales y organizaciones policiales de otros países.

o) Brindar especial protección y un trato apropiado a turistas, visitantes y parroquianos en las áreas de intenso flujo como una forma de preservar esta industria y la buena imagen del país.

p) Cualquier otra disposición que le sea atribuida por las leyes o las autoridades competentes.

- Constitución de la República Dominicana del 2015, en sus Artículos 255, 256 y 257, 210

- Ley Orgánica de la Policía Nacional, no. 590-16, del 15 de julio de 2016. G. O. No. 10850 del 18 de julio de 2016.

- Ley núm. 5230, , sobre sanciones a las faltas disciplinarias cometidas por los miembros de la Policía Nacional, de fecha 09 de octubre del 1959

- Resolución núm. CSP 2019-02-027, aprueba Estructura Organizacional, del 07 de febrero 2019.