Mediante el Decreto Núm. 243-08, del 26 de junio de 2008, se crea e integra el Consejo para la Seguridad Alimentaria, como parte de los esfuerzos encaminados por el país para enfrentar la inseguridad alimentaria y la mala nutrición, con la responsabilidad de diseñar y ejecutar las políticas públicas para el abastecimiento de alimentos del país y consolidar y fortalecer el Sistema de Protección Social Dominicano; pero se requería de un marco legal más amplio que ampare la creación y funcionamiento de un Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de República Dominicana, por lo cual, mediante la Ley Núm. 589-16, del 08 junio 2016, se crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana y el actual Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria, pasa a ser el Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN).
El Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN), adscrito al Ministerio de la Presidencia, es el órgano rector y coordinador del Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, y es el responsable del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, cuyos objetivos principales son: 1) Diseñar las políticas públicas necesarias para que el país produzca suficientes volúmenes de alimentos, de forma sustentable, con una distribución equitativa, de acuerdo a los estándares de calidad establecidos y que sean asequibles física y económicamente para la población, en procura de satisfacer adecuadamente el consumo doméstico y garantizar la soberanía y seguridad alimentaria de los dominicanos. Asimismo, procurará generar excedentes para reservas de contingencias y para exportaciones, y 2) Consolidar y fortalecer el Sistema de Protección Social Dominicano para garantizar el derecho a la alimentación y la nutrición de la población, especialmente de la más pobre y vulnerable, con prioridad a la niñez, las mujeres embarazadas o lactantes y los envejecientes.
a) Velar por el derecho a la alimentación y la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población, estimulando la capacidad de producción, el aumento de su competitividad, el capital social, promoción del mercado local, conservación del material genético nacional y la promoción de la cooperación regional, basado en una buena gobernanza.
b) Elaborar la propuesta del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
c) Promover el enfoque multisectorial que comprenda y articule el trabajo de los sectores de la producción agropecuaria, la salud, la educación, el trabajo y la seguridad social en la coordinación de políticas, planes y programas para garantizar la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de la población.
d) Identificar los grupos poblacionales que padecen de malnutrición e inseguridad alimentaria, con la finalidad de focalizar y emprender acciones al respecto.
e) Llevar a cabo todas las diligencias correspondientes para lograr los objetivos del Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN).
f) Coordinar con el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, el manejo de las solicitudes de ayuda alimentaria y las donaciones alimentarias que se reciban por medio de convenios realizados para la implementación de políticas, programas y planes vinculados con la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y la erradicación del hambre.
g) Humanizar a las instituciones del sector público y privado, a los organismos internacionales y a la sociedad en general, acerca de la trascendencia del problema de desnutrición y alimentación y sus consecuencias.
h) Acreditar y estatuir sobre el uso de las cooperaciones y donaciones recibidas respecto a la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
i) Procurar la vinculación y aplicación de políticas públicas, planes, estrategias y proyectos al Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional, orientados a garantizar el derecho a la alimentación y la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional a nivel nacional, provincial y municipal.
j) Promover la evaluación, seguimiento y vigilancia del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional a nivel nacional y regional.
k) Proponer la introducción de los objetivos del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en las políticas, planes y programas nacionales, provinciales y municipales y las estrategias para el seguimiento, monitoreo y evaluación de cumplimiento del Plan Nacional.
l) Recomendar la actualización y mejora de las políticas, planes, programas y normas vigentes relacionadas al Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
m) Aprobar resoluciones, comunicaciones e informes relacionados con el Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
n) Pronunciarse sobre los proyectos prioritarios y las acciones de los ministerios y otros entes públicos en relación con la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional.
o) Formular propuestas para la consideración de la Comisión Nacional de Emergencias, a fin de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional antes, durante y después de un desastre natural para su consideración.
p) Establecer y coordinar el proceso de vigilancia del Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
q) Coordinar y velar por el buen funcionamiento del Sistema Nacional establecido por la presente ley.
r) Elaborar un informe anual de rendición de cuentas sobre la implementación y avances obtenidos en el desarrollo del Plan Nacional realizado por las entidades públicas y enviarlo a las cámaras legislativas.
s) Fomentar la participación de actores públicos y privados en la formulación del Plan Nacional.
t) Establecer los procedimientos de consulta y participación de entidades nacionales y municipales en la implementación, monitoreo y evaluación conjunta del Plan Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional y estimular la participación ciudadana.
u) Elaborar propuestas de reglamentos para la ejecución de la presente ley.
El Consejo Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional (CONASSAN), estará integrado por los siguientes miembros, o sus representantes:
Ministerio de la Presidencia, quien lo presidirá.
Ministerio de Agricultura.
Ministerio de Educación.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo.
Ministerio de Hacienda.
Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología.
Ministerio de Industria y Comercio.
Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Ministerio de la Mujer.
Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor "Pro Consumidor".
Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU).
Coordinación de la Red para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional.
-Ley Núm.589-16, del 08 junio 2016, que crea el Sistema Nacional para la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional en la República Dominicana.
-Decreto Núm. 120-18, del 23 de marzo de 2018, que reglamenta la aplicación de Ley 589-16, del 08 junio 2016.