Mediante el Decreto núm.181-19, artículo 8, se crea la Oficina Coordinadora General del Fideicomiso PARQUÉAT_RD, dentro la estructura interna del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme las normas y procedimientos legales vigentes.
La figura del Fideicomiso Público en el país, se crea en virtud de la Ley núm. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y Fideicomiso de la República Dominicana, y el Decreto núm. 95-12, que establece el Reglamento para regular los aspectos complementarios a la Ley núm. 189-11.
El objetivo del Fideicomiso PARQUÉAT_RD es el de asegurar la expansión y operación de la red de parqueos de uso público de la República Dominicana, así como la ejecución de las actividades financieras mediante la obtención de financiamientos bancarios o la realización de ofertas de valores, actuaciones y obras necesarias.
A través del Plan Nacional de Paqueos de Uso Público, incrementar el número de parqueos de uso público en todo el territorio de la República Dominicana, administrando con eficacia y transparencia los fondos recolectados para el mantenimiento y la mejoría de las estructuras de parqueos en beneficio de los dominicanos y la economía nacional.
Aportar y Mejorar la movilidad a través de la reducción de la congestión del tráfico vehicular de la República Dominicana aportando estructuras públicas de parqueos de alta seguridad logrando una menor cantidad de carros estacionados en las vías públicas a través de una operación de recaudación sostenible y moderna en búsqueda de innovación.
· Voluntad
· Integridad
· Dedicación
· Altruismo
· Vida
a) Expandir, operar y preservar la red de parqueos de uso públicos de la Rep. Dom. De manera prioritaria en las ciudades o zona de mayor concentración económica y vehicular con el objetivo de lograr una mejoría significativa en la movilidad vehicular.
b) Fijar las tarifas aplicables al uso de los parqueos públicos y revisar las mismas periódicamente, de acuerdo con sus Reglas de Operación e instrucciones recibidas de su Comité Técnico.
c) Asegurar la utilización eficiente y transparente de los ingresos provenientes de las recaudaciones por la explotación comercial de los parqueos de uso público provenientes del cobro de tarifas de parqueo, la explotación comercial de las infraestructuras destinadas a este fin, así como de otras fuentes, bonos o ingresos especializados o destinados a este.
d) Proveer servicios seguros y de calidad a los usuarios de los parqueos de uso público.
e) Administrar los activos de su patrimonio conforme las instrucciones impartidas por el Fideicomitente a la Fiduciaria a través del Comité Técnico.
f) Fungir como Fideicomiso Matriz, y en tal calidad construir otros fideicomisos, patrimonios autónomos o estructuras para la emisión de instrumentos financieros o la realización de cualesquiera otras actividades regidas por la Ley 189-11 y demás leyes, por si solo o en conjunto con sector público o privado, previa aprobación del Comité Técnico y conforme los lineamientos que este establezca.
- Constitución Política Dominicana, del 13 de junio de 2015;
- Decreto núm. 95-12, que establece el Reglamento para regular los aspectos que, en forma complementaria a la Ley núm. 189-11, se requieren para el funcionamiento de la figura del fideicomiso en sus distintas modalidades, del 02 de marzo 2012;
- Decreto núm.181-19, que crea la Oficina Coordinadora General del Fideicomiso PARQUÉAT_RD, del 15 de mayo 2019;
- Resolución núm. 03-21, que aprueba la estructura organizacional de la Oficina Coordinadora General de Fideicomiso Parqueat_RD, del 20 de mayo del 2021.
Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.