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Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG)

Ministerio de la Presidencia

Av. México No. 419 Esq. Leopoldo Navarro, Edificio Oficinas Gubernamentales Juan Pablo Duarte, Piso 12, Gazcue

8096857135

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Twitter: @DIGEIGRD Facebook: @DIGEIGRD Instagram: digeigrdo Youtube: DIGEIGRD

Lunes a viernes de 8 am - 3 pm

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

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Otras Informaciones del Organismo

La Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción fue creada mediante Decreto Num. 101-05, del16 de febrero del 2005.

El Departamento de Prevención de la Corrupción fue sustituido por la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa mediante el Decreto Núm. 324-07 del 03 de julio del 2007 Pasando las funciones relativas al fomento de la ética, la formulación de políticas de transparencia y el diseño de estrategias de prevención en la administración pública a ser parte de las funciones y atribuciones de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción.

La Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción, es un organismo mixto y participativo, integrado por representantes del gobierno, la sociedad civil y el sector empresarial, tiene bajo su responsabilidad el monitoreo del cumplimiento del Plan Estratégico de Ética, Prevención y Sanción a la Corrupción 2005-2008, así como de sus respectivos planes operativos, a través de un sistema de coordinación, animación, seguimiento y evaluación de la implementación
 

El Decreto No. 486-12 de creación de la DIGEIG, derogó el No. 101-05 que creo la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción (CNECC), otorgándole al organismo las atribuciones vinculadas a los temas de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de intereses y libre acceso a la información en el ámbito administrativo gubernamental, entre otros.

Mediante el Decreto Núm. 325-20, del Poder Ejecutivo, en su Artículo 2. “Se suprime el Viceministerio de la Presidencia para Políticas de Transparencia Institucional y se dispone que sus atribuciones pasen a la DIGEIG.

Impulsar el desarrollo y fortalecimiento de una cultura ética, de transparencia e integridad, a través de la promoción de los valores éticos y morales en la administración pública.

Para 2025, ser una institución modelo por excelencia, que propicie la ética y la transparencia en la administración pública, contribuyendo a la prevención de la corrupción administrativa en el Estado Dominicano, valores indispensables para construir el desarrollo sostenible.

  •          Integridad
  •          Transparencia
  •          Compromiso
  •          Confidencialidad
  •          Responsabilidad

a)    Supervisar la difusión e implementación del Régimen Ético y Disciplinario de los Servidores Públicos establecido en la Ley núm. 41-08, de Función Pública, en los Códigos de Ética de las diferentes instituciones de la Administración Pública, así como en cualquier otra norma vinculada.

 

b)    Investigar las actuaciones de los servidores públicos que transgredan el Régimen Ético y Disciplinario establecido en la Ley núm. 41-08, de Función Pública, cuando las autoridades a cargo no adopten las acciones correctivas oportunamente y sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Administración Pública establecidas en dicha legislación.

 

c)    Contribuir a desarrollar y fortalecer una cultura ética, de transparencia e integridad, promover los valores éticos y morales en la administración pública.

 

d)    Dar seguimiento y asesorar a las Comisiones de Ética Pública para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y su participación en la dinámica institucional.

 

e)    Asesorar a los servidores públicos ante cualquier duda que puedan tener en el ejercicio de sus funciones, sobre comportamientos éticos y morales;

 

f)     Promover y realizar investigaciones en la administración pública sobre temas de ética e identificar oportunidades para robustecer el régimen ético.

 

g)    Diseñar y ejecutar programas de capacitación para los miembros de las Comisiones de Ética de las instituciones públicas.

 

h)    Diseñar, junto al Ministerio de Administración Pública (MAP) y al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), programas de capacitación obligatorios en temas de ética, destinados a los servidores públicos, que serán impartidos por el INAP y velar por la ejecución de estos.

 

i)     Dar seguimiento a los compromisos pendientes de cumplimiento, de la “Iniciativa Participativa Anticorrupción” (IPAC), vinculados con los temas de ética y transparencia gubernamental.

 

j)     Recibir y mantener en resguardo los originales de los compromisos de cumplimiento con el “Código de Pautas Éticas” suscritos por los funcionarios designados en altos cargos en la gestión gubernamental iniciada el 16 de agosto cada año, y establecer los mecanismos de seguimiento a su cumplimiento, así como velar por la aplicación de las acciones pertinentes, en caso de que sean vulnerados.

 

k)    Capacitar, entrenar y acompañar a las Comisiones de Ética Pública (CEP) en la elaboración de planes operativos que promuevan el desarrollo de una cultura ética, a través de cursos, talleres, actividades de formación y en la implementación de un efectivo sistema de consecuencias.

 

l)     Dar seguimiento al cumplimiento de los compromisos asumidos por el país derivado de los acuerdos suscritos con organismos internacionales, tales como la OEA, la ONU, entre otros, en los temas de su competencia, y asumir el liderazgo y coordinación junto al Ministerio de Relaciones Exteriores de la representación del país ante esas instancias.

 

m)   Servir de canal de concertación y respuesta a las tareas asumidas por el gobierno dominicano en materia de ética y transparencia en los escenarios nacionales e internacionales, en los temas y áreas de: Gobierno Abierto, IPAC, acceso a la información, conflicto de intereses, entre otros.

 

n)    Llevar un registro de las Oficinas de Acceso a la Información (OAI) y desarrollar un plan de asesoría para la implementación de las que aún no están creadas o en funcionamiento.

 

o)    Realizar una evaluación sobre los niveles de cumplimiento de las OAI sobre la estandarización de las informaciones que aparecen en los portales electrónicos de las dependencias gubernamentales y ofreciendo asesoría de lugar hasta lograr dicho objetivo de acuerdo con un cronograma de acción para los primeros 6 meses.

 

p)    Desarrollar programas de difusión para dar a conocer a la ciudadanía sus derechos y promover a la DIGEIG en la ciudadanía como entidad defensora del derecho que tienen de recibir las informaciones que pauta la ley, sin tener que recurrir a la vía judicial.

 

q)    Monitorear el cumplimiento de los compromisos contraídos por el país en materia de transparencia e integridad, con la intención de generar los mecanismos para que sean cumplidos.

 

r)     Contribuir a fortalecer los modelos de prevención y control en el ámbito administrativo.

 

s)     Recibir, investigar y dar respuesta a todas las denuncias relativas a su competencia estableciendo la confidencialidad como norma para su tratamiento y ofreciendo inmunidad y protección a los testigos y/o denunciantes, en la medida de sus posibilidades, tanto de la ciudadanía como a los miembros de las CEP. Dar respuesta de dichos procesos investigativos a los sujetos o instituciones que sometan la denuncia y en caso de provenir del rumor público deberá responder por los medios públicos que sean estimados, como puede ser la prensa, radial, televisiva, su página web, entre otras.

 

t)     Recibir denuncias sobre supuestas violaciones en perjuicio del Estado, la sociedad dominicana o los servidores públicos, al régimen ético y disciplinario y al régimen de prohibiciones establecido en la Ley 41-08 y cualquier otro régimen de incompatibilidad y prohibiciones aplicables a los servidores públicos y recomendar las sanciones correspondientes, sin perjuicio de las atribuciones del Ministerio de Administración Pública previstas en dicha ley.

 

u)    Realizar estudios sobre el funcionamiento individual y coordinado de los órganos de control del uso de los recursos públicos previstos en la Constitución de la República Dominicana y las leyes, o sobre cualquier otro tema relacionado con las funciones de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental; presentar al Poder Ejecutivo las recomendaciones pertinentes, y diseñar y ejecutar un plan de acción conjunto, al cual le dará seguimiento a su aplicación, a fin de mejorar las debilidades que puedan ser detectadas.

 

v)    Vigilar el cumplimiento de la normativa que rige el funcionamiento de la Administración Pública y demandar la atención debida de las instituciones o los órganos rectores a cargo cuando corresponda.

 

w)   Coordinar con las instituciones de control, fiscalización y auditoria: Cámara de Cuentas, Contraloría General de la República, así como con las instituciones de la sociedad civil, de la República Dominicana, entre otros, para cumplir con el mandato de dar seguimiento a denuncias provenientes de cualquier miembro de alguna institución gubernamental.

 

x)    Aplicar las sanciones que correspondan, si la institución donde labora el o la servidor o servidora público, obvia la misma.

 

y)    Actuar de oficio, o a requerimiento de la parte interesada, y realizar las investigaciones administrativas que correspondan, ante el rumor público, por la ocurrencia de un hecho o acto de corrupción por un servidor público.

 

z)    Canalizar a las instancias correspondientes, aquellas denuncias de actos de corrupción pública que, por intermedio de las CEP, de la propia Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, el rumor publico u otra vía, formulen personas o instituciones sobre actuaciones dolosas de funcionarios o empleados públicos, para que dichos organismos evalúen los méritos de estas y, en caso de que proceda, inicien las tramitaciones legales correspondientes.

 

- Decreto Núm. 149- 98, del 29 de abril del 1998, que crea las Comisiones de Ética Pública.
- Decreto Núm.101-05, del 16 de febrero del 2005, que crea la Comisión Nacional de Ética y        Combate a la Corrupción.
- Decreto Núm. 310-05, del 16 de mayo del 2005, que establece el Reglamento Operativo de la    Comisión de Ética y Combate a la Corrupción. 

-       Decreto Núm. 486-12 que crea la Dirección General de Ética e Integridad                         Gubernamental.