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Dirección General de Inversión Pública

Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo

MEPyD, Av. México Esq. Dr. Delgado, Distrito Nacional

8096887000

Twitter: mineconomiard Instagram : @mepydrd Facebook: Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo

Lunes a Viernes: 8:00 a.m. - 6:00 p.m.

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Otras Informaciones del Organismo

El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo es el órgano rector del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública, la Dirección General Inversión Pública se crea mediante la Ley Núm. 496-06, del 28 de diciembre del 2006, que crea la Secretaría de Estado, considerando la necesidad de articular los proyectos de inversión desde un banco actualizado de proyectos con el Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública y con la Estrategia Nacional de Desarrollo. En abril del 2007, con el Decreto Núm. 231-07 que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la SEEPyD, se determinan las funciones concretas de esta Dirección.

 

Proponer las políticas, normas y procedimientos para la formulación y seguimiento de los proyectos de inversión del sector público.
 

N/A

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a) Proponer la estrategia y prioridades de inversión pública de corto, mediano y largo plazo, consistente con la Estrategia Nacional de Desarrollo, en coordinación con la Dirección General de Desarrollo Económico y Social.
b) Analizar, evaluar y otorgar la no-objeción a los proyectos de inversión pública a ser incluidos en el Plan Nacional Plurianual y el Presupuesto Plurianual del Sector Público, independientemente de su fuente de financiamiento.
c) Elaborar el Plan Nacional Plurianual de Inversión del Sector Público y sus actualizaciones.
d) Priorizar a partir del Plan Nacional Plurianual de Inversión del Sector Público, los proyectos de inversión a ser incluidos en el Presupuesto Plurianual y en los presupuestos anuales.
e) Preparar las normas e instructivos para la inclusión de los proyectos de inversión en el Presupuesto Plurianual y en el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos de cada año.
f) Analizar y suministrar al Ministerio de Hacienda la información de la incidencia de los gastos recurrentes que generara la puesta en operación de los proyectos de inversión.
g) Financiar la pre-inversión pública, canalizando recursos para atender las solicitudes de las entidades ejecutoras.
h) Evaluar y aprobar los estudios de pre-inversión realizados por los organismos públicos como requisito para su incorporación al Plan Nacional Plurianual de Inversión del Sector Público.
i) Administrar el Sistema de Información y Seguimiento de la Cartera de Proyectos.
j) Apoyar la implementación de los sistemas de seguimiento y monitoreo de cartera de proyectos en las Unidades Institucionales de Planificación y Desarrollo así como su vinculación con el Sistema de Información y Seguimiento de la Cartera de Proyectos.
k) Articular el Sistema de Información y Seguimiento de la Cartera de Proyectos con el Sistema Integrado de Gestión Financiera.
l) Analizar, evaluar y autorizar las solicitudes de modificación a los proyectos de inversión incluidos en los presupuestos del sector público.
m) Participar en la fijación de las cuotas periódicas de compromiso y cuotas periódicas de pago del Gobierno Central, en coordinación con la Dirección General de Presupuesto y la Tesorería Nacional.
n) Analizar y evaluar la ejecución de la inversión pública y preparar el informe semestral al Congreso, sobre el estado de ejecución de los proyectos de inversión del sector público, así como otros informes que le sean requeridos.
 

- Decreto Núm. 231-07, de fecha 19 de abril del año 2007, que establece el Reglamento Orgánico y Funcional de la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo.
- Resolución Núm.02-09, de fecha 30 de abril del año 2009, que aprueba la estructura organizativa de la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo.
 

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