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Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER)

Presidencia de la República

Edificio Gubernamental Dr.Rafael Kasse Acta Esq. Av.Gustavo Mejía Ricart No.73, 4to,6to, 7mo piso, Ensanche Serrallés, Santo Domingo, R.D.

8096833591

Instagram :@fonperTwitter.@fonperRD

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Otras Informaciones del Organismo

El 10 de junio de 1997, fue promulgada la Ley Núm.141-97, mediante la cual se creó la Comisión de Reforma de la Empresa Publica (CREP), como una entidad adscrita a la Presidencia de la República Dominicana. La función principal de la CREP fue dirigir el proceso de reforma y transformación de la Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y Corporación de Fomento de la Industria Hotelera (CORPHOTEL), a fin de lograr la participación de la inversión privada, nacional y/o extranjera en la propiedad y gestión de las entidades sujetas a la ley, mediante las modalidades de capitalización, concesiones, transferencias de acciones y/o activos y venta de activos.

El artículo 20 de la Ley Núm. 141-97, contempla la creación de un Fondo Patrimonial para el Desarrollo, en el cual se colocaría toda la propiedad accionaria del Estado de las empresas capitalizadas y/o los recursos generados por cualquiera otra de las modalidades establecidas en dicha Ley. Para dar cumplimiento a esta disposición fue creado El Fondo Patrimonial para el Desarrollo (FONPER) mediante la Ley Núm. 124-01, de fecha 24 de julio de 2001, como una institución estatal autónoma, con patrimonio y personalidad jurídica propia.

Los activos y recursos colocados en el FONPER son el resultado de los activos que originalmente pertenecían a empresas autónomas del Estado, con patrimonio propio, que fueron aportadas por éste a nuevas sociedades comerciales, o que fueron objeto de otras de las modalidades de reforma previstas en la Ley Núm. 141-97.

El 29 de junio de 2003, fue emitido el Decreto Núm. 631-03 donde se establece el Reglamento cuyo objeto es regular internamente el funcionamiento del FONPER, así como el establecimiento del procedimiento de adopción y validez de las decisiones adoptadas por sus organismos; precisar los poderes y facultades legales del Consejo de Directores y los mecanismos que serían utilizados en el manejo, colocación y erogación de los valores que reciba de conformidad con la Ley; y pautar la realización de cualesquiera otros actos de administración, conservación, fomento y disposición de los recursos colocados bajo su manejo y control.
 

Gestionar efectivamente la participación del Estado en las empresas reformadas para garantizar la inversión en el desarrollo social sostenible.

 Ser una institución eficiente y transparente en el manejo de los recursos que provienen de las empresas reformadas y en la inversión en el desarrollo social.

 

 

  • Eficiencia
  • Responsabilidad
  • Confiabilidad
  • Integridad
  • Creatividad    

 

a) Conservar y custodiar las acciones del Estado en las empresas capitalizadas, aportadas a su patrimonio.
b) Manejar la participación del Estado Dominicano en las empresas reformadas.
c) Fiscalizar el cumplimiento de los compromisos y obligaciones establecidos en los contratos resultantes del proceso de reforma de dichas empresas.
d) Recibir cualesquiera otros activos procedentes de los procesos de reforma de las empresas públicas.
 

El Consejo de Directores está integrado por:

Un Presidente, quien será el representante legal y ejecutor de las decisiones del Consejo, y un Vicepresidente, quienes serán designados por el Presidente de la República mediante decreto.

Los demás miembros serán: un representante designado por el Secretariado Técnico de la Presidencia (hoy Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, MEPyD); el representante del Estado Dominicano en cada una de las empresas reformadas en sus distintas modalidades; un representante de los trabajadores, escogido por las centrales sindicales; un representante del sector privado designado por el Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y el representante dominicano en cada una de las empresas reformadas.

- Ley Núm. 124-01, del 24 de julio del año 2001, que crea el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER).
- Decreto Núm. 631-03, del 2 de junio del año 2003, que establece el Reglamento sobre el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER).
 

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