A partir del año 1845, con la promulgación de la Ley Núm. 38, que determina las funciones que corresponden a cada Secretario de Estado y la responsabilidad de éstos, se especifica, en su Artículo 34, que el Presidente de la República contaría con un Secretario particular, el que con el transcurrir de los años también fue llamado Secretario de Gobierno. Ya para el año 1924, con la Resolución Núm. 6, se nombra un Secretario de Estado de la Presidencia.
El 25 de junio de 1927 fue creada, mediante la Ley Núm. 685, la Secretaría de la Presidencia, la cual fue incluida dentro de las Secretarías existentes en la época. Con la promulgación de la Ley Núm. 1124 en 1929, se fija el número de Secretarías de Estado y se sientan las bases para que dicha entidad se denomine Secretaría de Estado de la Presidencia. En ese mismo año se promulga la Ley Núm. 1146, que establece las atribuciones de esta Secretaría de Estado. En esta disposición, a la Secretaría de Estado de la Presidencia le correspondían ciertas funciones relacionadas con la coordinación del gabinete del Estado y el despacho directo con el Señor Presidente, al cual debían mantener informado de cualquier asunto importante de la Administración Pública, preparación del mensaje del Congreso Nacional y dirección de los asuntos que no competían a ninguna otra institución, según la Ley.
Estas funciones y disposiciones se mantuvieron invariables en las Leyes Núm. 668 y 786, de 1934, así como en la Ley Núm. 1477, de 1938. El 18 de febrero de 1956, con la Ley Núm. 4378, el Congreso Nacional conoce la Ley Orgánica de Secretarías de Estado. En la misma se establecía la creación de la Secretaría de Estado de la Presidencia, la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas y la Secretaría de Estado de lo Interior, según lo disponía el Artículo Núm.58 y 60 de la Constitución de 1955.
El 24 de septiembre de 1965, durante el gobierno provisional de Héctor García Godoy, se suprimió la Secretaría de Estado de la Presidencia mediante la Ley Núm.10 de ese mismo año, debido a una “reorganización del despacho administrativo de la Presidencia de la República”. En su lugar se creó una Secretaría Administrativa de la Presidencia y un Secretariado Técnico de la Presidencia, cuyas funciones estarían dispuestas en un Reglamento.
En 1972 es creada nuevamente la Secretaría de Estado de la Presidencia mediante la Ley Núm. 450, y es integrada por los Secretariados Técnico y Administrativo, a los que les son asignadas funciones diversas mediante leyes o decretos posteriores.
Tras varios años fue dictado el Reglamento Núm. 153, que dispone el funcionamiento, integración y atribuciones de la Secretaría de Estado de la Presidencia. Es puesto en vigencia dicho reglamento en el 1982, colocando bajo su dependencia varios organismos estatales, sumándose éstos a otras instituciones gubernamentales que fueron puestas bajo su vigilancia y dependencia a partir del 1965.
En diciembre del 2006 se promulga la Ley Núm. 496-06 que crea la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo, sustituyendo el Secretariado Técnico de la Presidencia. En febrero del 2010, se aprueba el Decreto Núm. 56-10, que establece el cambio de nombre de Secretaría de Estado por el de Ministerio, a todas las Secretarías de Estados llamándose desde entonces a la Secretaría de Estado de la Presidencia, Ministerio de la Presidencia.