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Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM)

Ministerio de Defensa

Calle D #11, Los Bajos de Haina, Municipio, Haina, Provincia San Cristóbal.

8099576762

https://facebook.com/CECCOMRDo https://www.youtube.com/CECCOMRD witter.com/CECCOMRD https://instagram.com/ceccomrd

Lunes a viernes: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

Pendiente de recibir la información de parte del Organismo.

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Otras Informaciones del Organismo

A principios del año 1972, el Ministerio de Industria y Comercio emitió el reglamento No. 2119 sobre la regulación y uso del Gas Licuado de Petróleo (GLP). El Congreso Nacional aprueba a fines del año 2000 la Ley No. 112-00 sobre Hidrocarburos y su Reglamento de Aplicación mediante el Decreto No. 307-01 al inicio del año 2001. En el año 2002,  se emiten las resoluciones 271 (fue sustituida por la 207 y esta a su vez por la 212) que crea el Plan Regulador Nacional de los Combustibles y la 394 que establece disposiciones obligatorias a fin de garantizar la calidad y cantidad de los productos derivados del petróleo respectivamente. Finalmente el  5 de abril del año 2004 se crea el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles (CECCOM), mediante el decreto 279-04, con la finalidad de aplicar una política nacional en materia de seguridad y control en el proceso de distribución y comercialización de los combustibles, que permita garantizar el cumplimiento de las normas, procedimientos y regulaciones sobre la materia, pero este pasa a ser una dependencia del Ministerio de las Fuerzas Armadas con la promulgación de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República  Dominicana, Núm.139-13.

Controlar las operaciones de distribución y comercialización de combustibles nivel nacional, asegurando que se realicen con transparencia y que se apeguen al cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables vigentes, velando porque los combustibles lleguen a su destino de manera óptima

Ser la institución estatal con los más altos niveles de calidad, especializada en el control de los combustibles, capaz de garantizar la distribución y la comercialización de los mismos, para que se realicen de una manera eficaz y confiable en todo el territorio nacional.

  • Honor
  • Disciplina
  • Lealtad
  • Honestidad
  • Responsabilidad
  • Integridad

a) Implementación de controles de seguridad en las distintas etapas de distribución y comercialización

b) Intervención directa en caso de un acto ilícito

c) Prevención en la adulteración, sustracción, pérdida y cualquier otro medio ilícito utilizado en la distribución y comercialización de combustibles, mediante la implementación de tecnologías y medidas de seguridad que permitan contrarrestar dichas acciones.

- Constitución Política de la República Dominicana 

- Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana Núm. 139-13

- Decreto Núm. 279-04, que crea el Cuerpo Especializado de Control de Combustibles