1. Administrar el sistema educativo nacional y ejecutar las disposiciones amparadas en el marco de la Constitución de la República, de la Ley de Educación vigente, las leyes conexas y sus reglamentos correspondientes.
2. Vigilar la efectividad de la planificación del desarrollo y el control de la calidad de la educación.
3. Administrar el presupuesto correspondiente a la cartera, conforme los procedimientos que establece el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos.
4. Orientar las funciones de los organismos descentralizados de educación autorizados por la Ley.
5. Mantener vínculos efectivos entre el Poder Ejecutivo y las instituciones educativas públicas y privadas, nacionales e internacionales.