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La Dirección de Sistemas de Carrera tiene como objetivo y funciones a su cargo las siguientes:

Objetivo

Planificar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar todas las actividades relacionadas al proceso de implantación del Régimen de Carrera Administrativa y Carreras Especiales en la Administración del Estado Dominicano.

Funciones

  1. Diseñar e implantar nuevas carreras especiales y desarrollar las carreras especiales existentes.
  2. Realizar estudios y emitir opinión sobre la creación de carreras administrativas especiales y sus proyectos de reglamento.
  3. Patrocinar el diseño de instrumentos complementarios a la Ley de Función Publica que permitan viabilizar los Sistemas de Carrera.
  4. Coordinar, supervisar y evaluar la implantación de los distintos Sistemas de Carrera Administrativa que prevee la presente Ley, proveyendo la debida asistencia técnica a los distintos órganos y entidades de la Administración Publica.
  5. Orientar sobre la aplicación de la Ley de Función Publica a instituciones y servidores públicos, así como al público en general.
  6. Dirigir todas las actividades relacionadas con el proceso de implantación de la Carrera Administrativa en las distintas instituciones de la Administración del Estado.
  7. Diseñar la carrera directiva para los cargos con nivel inferior al de Viceministro de Estado.
  8. Elaborar los planes operativos para incorporar los servidores al Sistema de Carrera Administrativa conforme al Artículo 98 de la Ley 4108.
  9. Elaborar y proponer los reglamentos complementarios a la presente ley en especial los que desarrollen a la Carrrera Administrativa en General.
  10. Elaborar y registrar nombramientos de carrera luego de terminado el proceso de evaluación y de haber cumplido de manera satisfactoria el desempeño en periodo probatorio.
  11. Emitir el nombramiento provisional de los funcionarios de carrera en periodo de prueba.
  12. Elaborar los nombramientos provisionales de aquellos servidores que han aprobado el proceso evaluatorio establecido para ingresar al Sistema de Carrera.
  13. Evaluar conforme a la Ley y los reglamentos establecidos al efecto a los servidores públicos que a la entrada en vigencia de la ley ocuparan cargos de carrera sin que se les haya conferido el estatus como servidores de carrera.
  14. Gestionar y distribuir los nombramientos de la Carrera firmados por el Presidente de la Republica a las instituciones correspondientes.
  15. Elaborar los anteproyectos de decreto o las resoluciones de incorporación de servidores públicos al Sistema de Carrera Administrativa y expedición del nombramiento de aquellos empleados que hayan cumplido con los requisitos establecidos.
  16. Implantar y administrat el sistema de promoción de carreras.
  17. Incorporar servidores al sistema de Carrera Administrativa General
  18. Mantener actualizada la base de datos de los servidores públicos incorporados al Sistema de Carrera Administrativa.-
  19. Dirigir las actividades del proceso de entrega de la Medalla al Merito a los servidores públicos.
  20. Participar en el proceso de validación de los concursos públicos realizados por las instituciones para ingreso a Carrera Administrativa.
  21. Prever a través del Instituto Nacional de Administración Publica programas de inducción, formación y capacitación que sirvan de fundamento para el desarrollo y promoción de los servidores públicos.
  22. Reglamentar los derechos de carácter especial que correspondan a los empleados por su condición de servidor de carrera.
  23. Supervisar el cumplimiento de las instrucciones emanadas por el MAP en materia del proceso de gestión de recursos humanos en relación al desarrollo e implantación de los Sistemas de Carrera en la Administración del Estado.
  24. Tramitar y aprobar según el caso todos los movimientos del personal de carrera de las instituciones públicas.
  25. Examinar y medir los avances de los Sistemas de Carrera en los distintos grupos o agregados de instituciones Públicas.
EncargadoTelefonoSecretariaCorreo
–——————(809) 682-3298 – ext. 235- 236Ana Valdez[email protected]
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